ACTA FUNDACIONAL

Reunidos en Teo, el día 20 de Noviembre del 2003 a las 21:00 horas las personas que a continuación se detallan:

Nombre D.N.I.

1. Rosa Gómez Limia
2. Pilar Río Corbacho
3. Jacinta Palacios Piñas
4. Lourdes Carreira Liñeiras
5. América L. Pernas Rodríguez
6. Jose Manuel Elías Noya
7. María Jesús de Cabo Mosquera
8. Rosario García Ramos
9. Lourdes Silva Conde

Acuerdan:

1º. Constituir una asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, del 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación que se denominará Teenses pola Igualdade.

2º Aprobar los estatutos por los que se van a regir la entidad, que fueron leídos
en este mismo acto y aprobados por unanimidad de los reunidos.
3º Designar la junta directiva de la entidad cuya composición es la siguiente:
President@: Rosa Gómez Limia
Vicepresident@: Pilar Río Corbacho
Secretari@: Jacinta Palacios Piñas
Tesoreri@: Lourdes Carreira Liñeiras
Vocais: América Lucía Pernas Rodríguez
  Jose Manuel Elías Noya
  María Jesús de Cabo Mosquera
  Rosario García Ramos
  Lourdes Silva Conde

Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las 21:30 horas del día de la fecha.

ESTATUTOS

CAPITULO I: DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO

CAPÍTULO II: ÓRGANO DE REPRESENTACIÓN

CAPITULO III: ASAMBLEA GENERAL

CAPITULO IV: SOCI@S

Artículo 23.Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en eldesarrollo de los fines de la Asociación.

Artículo 24. Dentro de la Asociación existirán los siguientes tipos de socios:

  • Soci@s fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
  • Soci@s de número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.
  • Soci@s de honor, @s que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación e desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de l@s soci@s de honor le corresponderá a la Junta Directiva.

Artículo 25. L@s soci@s causarán baja por alguna de las causas siguientes:

  • Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
  • Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer 6 cuotas periódicas.

Artículo 26. L@s soci@s de número tendrán los siguientes derechos:

  • Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
  • Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
  • Participar en las Asambleas con voz y voto.
  • Ser elector@s y elegibles para los cargos directivos.
  • Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los organismos de la Asociación.
  • Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva para un mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.

Artículo 27. L@s soci@s fundador@s y de número tendrán las siguientes obligaciones:

  • Cumplir los presentes Estatutos y acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
  • Abonar las cuotas que se fijen.
  • Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
  • Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.

Artículo 28. L@s soci@s de honra tendrán las mismas obligaciones que l@s fundador@s y de número a excepción de las previstas en los apartados b) y d), del artículo anterior.

Asimismo, tendrán los mismos derechos a excepción de los que figuren en los apartados c) y d) del artículo 26, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.

Artículo 29. Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes:

  • Las cuotas de soci@s, periódicas o extraordinarias.
  • Las subvenciones, legados o herencias que pudieran recibir de forma legal por parte de los asociad@s o de terceras personas.
  • Cualquier otro recurso lícito.

Artículo 30. El patrimonio fundacional o Fondo Social de la Asociación es de cero euros.

Artículo 31. El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año.

CAPITULO V: DISOLUCIÓN